Según el la regla 7.4 de los estatutos "Dentro de los fines de caridad propios de la Iglesia, la Cofradía deberá destinar como mínimo un 10% de los ingresos anuales a Obra Sociales, atendiendo prioritariamente las necesidades de la Parroquia de San José y las del Barrio".
Para poder mejorar esta labor social de la cofradía, Ud. puede colaborar con ello mediante la aportación de donativos.
Si es ese su deseo, puede realizar una transferencia al nº de cuenta:
3058-0799-65-2720000352 de Cajamar.
Con esta aportación la cofradía decidirá cual será el destino que se le dará a su dinero, pudiendo Ud. si así lo desea, conocer el destino del mismo.
Para esto se deberá poner en contacto con el vocal de obras sociales y que le mantenga informado del destino de su aportación.
Igualmente, las aportaciones dinerarias a, organizaciones y asociaciones sin ánimo de lucro, se beneficiarán de una deducción del 10% de la cantidad aportada en la declaración anual de la renta (art.55,3 Ley de IRPF 40/98).
El documento que acredita esta aportación se lo remitirá desde la